Unidad documental simple 199543 - Ley Permiso Paternal

Área de identidad

Código de referencia

PR-DP-COMUPR-199543

Título

Ley Permiso Paternal

Fecha(s)

  • 2005-08-24 (Creación)

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte

Área de contexto

Nombre del productor

Historia archivística

Origen del ingreso o transferencia

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

El Presidente de la República, junto a los ministros del Trabajo, Sernam e Interior, promulga la ley que establece permiso paternal en el Código del Trabajo

Valorización, destrucción y programación

Acumulaciones

Sistema de arreglo

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Condiciones

Idioma del material

Escritura del material

Notas sobre las lenguas y escrituras

Características físicas y requisitos técnicos

Instrumentos de descripción

Instrumento de descripción

Área de materiales relacionados

Existencia y localización de originales

Sección: S.5 - Pieza: P.4160

Existencia y localización de copias

Unidades de descripción relacionadas

Descripciones relacionadas

Área de notas

Notas

El Congreso despachó el martes 9 de agosto del presente año el proyecto de ley que concede un permiso especial para padres trabajadores con ocasión del nacimiento de un hijo, luego que la Cámara de Diputados aprobará el texto proveniente del Senado. La iniciativa, que cumplió su tercer trámite constitucional, quedó así en condiciones de ser promulgada como Ley de la República, comenzando a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial. El proyecto es una iniciativa de los diputados Felipe Salaverry y Camilo Escalona, y ha contado con el apoyo del Ejecutivo en su tramitación parlamentaria a través de los debates en Comisión y Sala. Su justificación se encuentra en criterios de humanización del trabajo, fortalecimiento de la familia y el hecho de poder compartir roles domésticos. Esta iniciativa mejora la calidad de vida del trabajador que es padre, al asegurarle mayor tiempo para compartir con su hijo recién nacido. Ello tiene efectos positivos en los ambientes laborales, porque hay una humanización del trabajo que es muy importante y que sin duda ayuda a la productividad. La legislación comparada europea y sudamericana da cuenta de legislaciones similares a la aprobada en Chile. Francia, Suecia, Dinamarca y Uruguay cuentan con normas de este tipo. En el caso de Uruguay, la normativa sólo alcanza a los funcionarios públicos pero es una práctica extendida en los convenios colectivos. Tomando en cuenta que en Chile nacen cada año cerca de 240 mil niños y que aproximadamente el 60 por ciento de sus progenitores podrán acogerse a esta medida, la nueva ley beneficiará a cerca de 138 mil padres. La iniciativa establece un permiso especial de 4 días con ocasión del nacimiento del hijo, que se suma al día ya existente en el Código del Trabajo. Este permiso es irrenunciable y de cargo del empleador, lo que significa que no puede ser compensado en dinero ni imputado a vacaciones. El trabajador deberá hacer uso de estos 5 días de permiso dentro del primer mes de ocurrido el nacimiento. Este nuevo derecho se aplicará a trabajadores de los sectores público y privado, como asimismo a los padres que adopten hijos, en cuyo caso el permiso deberá hacerse efectivo dentro del mes que transcurra a partir de la sentencia judicial con que culmina el procedimiento de adopción. No es exigible que exista un vinculo matrimonial formal para acceder a este permiso. Esta iniciativa se suma al conjunto de leyes que se han promovido durante este Gobierno para facilitar el cumplimiento de las responsabilidades familiares de los trabajadores, entre ellas, la que otorgó fuero maternal a las trabajadoras de casa particular y la que extendió a las madres que adoptan los mismos derechos de maternidad del resto de las trabajadoras. Tales derechos pueden ser impetrados también por el hombre soltero o viudo que adopta un hijo, y el padre biológico si la madre fallece en el parto o durante el período de postnatal

Identificador/es alternativo(os)

Puntos de acceso

Puntos de acceso por materia

Puntos de acceso por autoridad

Tipo de puntos de acceso

Identificador de la descripción

Identificador de la institución

Reglas y/o convenciones usadas

Estado de elaboración

Nivel de detalle

Fechas de creación revisión eliminación

Idioma(s)

Escritura(s)

Fuentes

Nota del archivista

msc

Área de Ingreso

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