Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 2005-08-24 (Creación)
Nivel de descripción
Unidad documental simple
Volumen y soporte
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
El Presidente de la República, junto a los ministros del Trabajo, Sernam e Interior, promulga la ley que establece permiso paternal en el Código del Trabajo
Valorización, destrucción y programación
Acumulaciones
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Condiciones
Idioma del material
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Instrumento de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Sección: S.5 - Pieza: P.4160
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
El Congreso despachó el martes 9 de agosto del presente año el proyecto de ley que concede un permiso especial para padres trabajadores con ocasión del nacimiento de un hijo, luego que la Cámara de Diputados aprobará el texto proveniente del Senado. La iniciativa, que cumplió su tercer trámite constitucional, quedó así en condiciones de ser promulgada como Ley de la República, comenzando a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial. El proyecto es una iniciativa de los diputados Felipe Salaverry y Camilo Escalona, y ha contado con el apoyo del Ejecutivo en su tramitación parlamentaria a través de los debates en Comisión y Sala. Su justificación se encuentra en criterios de humanización del trabajo, fortalecimiento de la familia y el hecho de poder compartir roles domésticos. Esta iniciativa mejora la calidad de vida del trabajador que es padre, al asegurarle mayor tiempo para compartir con su hijo recién nacido. Ello tiene efectos positivos en los ambientes laborales, porque hay una humanización del trabajo que es muy importante y que sin duda ayuda a la productividad. La legislación comparada europea y sudamericana da cuenta de legislaciones similares a la aprobada en Chile. Francia, Suecia, Dinamarca y Uruguay cuentan con normas de este tipo. En el caso de Uruguay, la normativa sólo alcanza a los funcionarios públicos pero es una práctica extendida en los convenios colectivos. Tomando en cuenta que en Chile nacen cada año cerca de 240 mil niños y que aproximadamente el 60 por ciento de sus progenitores podrán acogerse a esta medida, la nueva ley beneficiará a cerca de 138 mil padres. La iniciativa establece un permiso especial de 4 días con ocasión del nacimiento del hijo, que se suma al día ya existente en el Código del Trabajo. Este permiso es irrenunciable y de cargo del empleador, lo que significa que no puede ser compensado en dinero ni imputado a vacaciones. El trabajador deberá hacer uso de estos 5 días de permiso dentro del primer mes de ocurrido el nacimiento. Este nuevo derecho se aplicará a trabajadores de los sectores público y privado, como asimismo a los padres que adopten hijos, en cuyo caso el permiso deberá hacerse efectivo dentro del mes que transcurra a partir de la sentencia judicial con que culmina el procedimiento de adopción. No es exigible que exista un vinculo matrimonial formal para acceder a este permiso. Esta iniciativa se suma al conjunto de leyes que se han promovido durante este Gobierno para facilitar el cumplimiento de las responsabilidades familiares de los trabajadores, entre ellas, la que otorgó fuero maternal a las trabajadoras de casa particular y la que extendió a las madres que adoptan los mismos derechos de maternidad del resto de las trabajadoras. Tales derechos pueden ser impetrados también por el hombre soltero o viudo que adopta un hijo, y el padre biológico si la madre fallece en el parto o durante el período de postnatal
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
- Lagos Escobar, Ricardo (Materia)
Tipo de puntos de acceso
Identificador de la descripción
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
Estado de elaboración
Nivel de detalle
Fechas de creación revisión eliminación
Idioma(s)
Escritura(s)
Fuentes
Nota del archivista
msc