Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 2004-12-21 (Creación)
Nivel de descripción
Unidad documental simple
Volumen y soporte
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
El Presidente de la República, junto a los ministros de Educación, Sergio Bitar, y de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre, asiste a la ceremonia en la que se modifica la ley de reprogramación de deudas a los fondos de Crédito Solidario
Valorización, destrucción y programación
Acumulaciones
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Condiciones
Idioma del material
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Instrumento de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Sección: S.5 - Pieza: P.3605
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
Esta ley establece facultades para la Tesorería General de la República y modifica la Ley 19.848 (sobre reprogramación de deudas a los fondos de crédito solidario). Fue aprobada el 2 de diciembre por el Congreso Nacional. Faculta la retención de la devolución anual de impuestos a la renta de aquellas personas que son deudoras del Crédito Solidario universitario. La Tesorería traspasará estos recursos al administrador del Fondo Solidario en un plazo de 30 días, a menos que el deudor acredite que está al día en sus pagos. En el caso que el monto de la devolución sea inferior a la deuda, la obligación permanece por el saldo insoluto. Esta Ley permitirá mejorar la recuperación de fondos entregados mediante el Crédito Solidario. La recuperación actual alcanza al 50 por ciento, lo que suma unos 26 mil millones de pesos (13 mil millones por vía directa y 13 mil millones a través de la reprogramación). Del total de deudores morosos que no reprogramaron sus deudas, 20 mil 895 recibieron devolución de impuestos a la renta el año 2004. ANTECEDENTES SOBRE EL CRÉDITO UNIVERSITARIO Los ingresos de las personas con educación universitaria son, en promedio, cuatro veces superior a los que perciben los egresados de enseñanza media. Existe una enorme expansión de la oferta en carreras y sedes que supera la demanda de los jóvenes. Más de 200 mil vacantes se ofrecen a los 176 mil jóvenes que dieron la PSU y que conocerán los resultados en la madrugada del 22 de diciembre. Las cifras de la encuesta CASEN indican que ha habido un incremento significativo del acceso en todos los sectores a la educación superior. Existe un 37,5 por ciento de cobertura y 70 por ciento de los jóvenes que hoy va a la universidad viene de familias que no tuvieron esa oportunidad. Cabe recordar que el Crédito Fiscal es contingente al ingreso: nadie paga más del 5 por ciento de su renta por este concepto. Crédito Solidario El Crédito Solidario está disponible para jóvenes que hayan logrado 475 puntos en la PSU o más y que ingresen a las universidades del Consejo de Rectores. Es necesario garantizar la recuperación de esos recursos para mejorar el acceso de los alumnos a las instituciones de educación superior. Las dos leyes de reprogramación permitieron recuperar monto por $ 13 mil millones
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
- Lagos Escobar, Ricardo (Materia)